El texto original de la moción era:
modificar, de forma urgente, en todo aquello que sea necesario, la normativa española en materia de Sociedad de la Información a fin de garantizar el cumplimiento del principio de neutralidad de la red por parte de los proveedores de telecomunicaciones que operan en España, de modo que se asegure que los paquetes de datos que circulan por sus redes reciban siempre el mismo tratamiento, sin prioridad ni jerarquía, independientemente de su contenido, origen, destino o protocolo, y sin que se filtre el tráfico para privilegiar, limitar o impedir el acceso a determinadas páginas o servicios
Mientras que la modificación dice:
1. Modificar, teniendo en cuenta el marco de la normativa europea sobre comunicaciones electrónicas, de forma urgente, en todo aquello que sea necesario, la normativa española en dicha materia a fin de garantizar el cumplimiento por parte de los proveedores de telecomunicaciones que operan en España de los principios de neutralidad y transparencia de la red, con niveles mínimos de calidad para todos los usuarios, basados en estándares técnicos identificados en el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones, con el objetivo de impedir una degradación inaceptable en la calidad de los servicios.
2. Asegurar que los paquetes de datos que circulan por sus redes reciban siempre el mismo tratamiento, sin prioridad ni jerarquía, independientemente de su contenido, origen, destino o protocolo, y sin que se filtre el tráfico de forma arbitraria, para privilegiar, limitar o impedir el acceso a determinadas páginas o servicios.
3. Garantizar prioritariamente, como ya se viene realizando, los servicios de comunicación en situaciones de emergencia, comunicaciones críticas entre autoridades, o servicios críticos de telemedicina
La razón para rechazarlo, además de que no han querido aceptar la modificación, es (echaos las manos a la cabeza) que ha
habido «
injerencias externas» de los internautas:
desgraciadamente la han rechazado por «las injerencias externas» de los internautas al opinar en sus blogs, twitter, etc.
¿En qué
democracia razonable y bajo qué demenciales premisas se puede llegar a considerar a un ciudadano como “un factor externo que degrada el trabajo de la cámara”? A ver, por favor, que alguien me lo explique, porque no soy capaz de ver en qué momento puedo haber llegado a hacer algo malo o censurable: ¿puedo, como ciudadano, dar mi opinión a un grupo parlamentario sobre la presentación de una moción en un tema que llevo estudiando muchísimo tiempo y sobre el que – modestamente – se me reconoce cierta capacidad de opinión? ¿Puedo, cómo ciudadano, expresarme en mi blog o en Twitter al respecto? ¿Puedo, como ciudadano, opinar sobre una enmienda de sustitución pública presentada por un partido? Si la respuesta a alguna de esas preguntas es NO, me temo, señores, que alguien que no soy yo tiene completamente equivocado el concepto de democracia. A ver,
lo preguntaré directamente a La Moncloa, a ver si tiene a bien responder…
Además, explica por qué no se ha querido bajo ningún concepto aceptar la modificación impuesta.
Otra prueba más (por si no teníamos suficientes) de que a los políticos españoles realmente no les gusta que los ciudadanos opinen, esto es, no les gusta la democracia real.